Para acceder a los incentivos urbanísticos dispuestos en el Decreto Distrital 676 de 2025 “Por el cual se adiciona el Capítulo 3 al Título 4 de la Parte 1 del Libro 5 del Decreto Único Distrital 670 de 2025 de Ordenamiento Territorial de Bogotá D. C., en lo relacionado con la adopción de incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, será necesario diligenciar ante la Secretaría Distrital de Planeación el formato de “Autodeclaración de Medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible” en el que se señalen las estrategias utilizadas para dar cumplimiento específico a las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible en el proyecto. Este será suscrito por el titular de la licencia y los profesionales responsables del proyecto y deberá adjuntarse:
(I) El pre certificado, Reconocimiento de diseño y el listado de créditos expedido por los entes de certificación, o el documento que haga sus veces
(II) El listado de créditos expedido por los entes de certificación o de las estrategias de diseño en el caso del Programa Bogotá Construcción Sostenible.
El reporte generado por el aplicativo deberá adjuntarse a la solicitud de licencia urbanística que se presente ante la curaduría correspondiente.
En cumplimiento de lo previsto por la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se informa que los datos personales de los titulares de datos que sean suministrados en virtud de las actividades y operaciones celebradas con la Secretaría Distrital de Planeación serán tratados de acuerdo con la Política Interna de Protección de Datos Personales y mediante la aplicación de medidas de seguridad de Protección de Datos. Para mayor información puedes ingresar a nuestra página web: Políticas de Protección de Datos Personales
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